Legalidad y ciberseguridad del teletrabajo
Tras las circunstancias que obligaron al mundo a guardarnos y operar bajo modelos de productividad hasta hace poco desaprovechados, encontramos dos aspectos importantes que no se han revisado como deberían. El primero la “ precariedad laboral ” a la que se exponen trabajadores y organizaciones si no se clarifican los aspectos legales aplicables al teletrabajo o “ Home Office ”, ya que no es una extensión del trabajo presencial en la oficina, pues tiene dinámicas distintas que deben regularse adecuadamente. Y el segundo es la ciberseguridad, que se pone a prueba derivado de la “ exposición ” de información por la conexión entre el hogar y la empresa, mediante redes domiciliares o públicas. Comencemos con la reglamentación legal del teletrabajo. La Organización Internacional de Trabajo lo define como " una forma de trabajo en la cual: a) el mismo se realiza en una ubicación alejada de una oficina central o instalaciones de producción, separando así al trabajador del contact